miércoles, 26 de febrero de 2020


LA EDUCACIÓN EN EL SIGLO XVII 



¿Cuales fueron los cambios en la educación en el siglo XVII?

Es un siglo de transición entre el Humanismo y la Reforma del siglo XVI y la Ilustración y el Despoótismo ilustrado del XVIII.  https://prezi.com/hipv1yuoakdd/la-pedagogia-en-el-siglo-xvii/


1.  DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA 


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En Alemania es donde mayor desarrollo alcanza la educación del Estado. 

Se establece una Ordenanza importante, la del duque Ernesto el Piadoso, de Gotha, de 1642, que se puede considerar como la primera ley que establece un sistema general de educación pública en el mundo. 

Divide las escuelas en tres grados: inferior, medio y superior, cada uno de los cuales tiene un programa propio, que va desde la lectura y escritura a las ciencias naturales. 

Dispone también, que las horas de clase sean tres por la mañana y tres por la tarde, y que se celebren exámenes anuales ante un tribunal, pasados los cuales se debía extender el correspondiente certificado.

Finalmente dispone que se pague a los maestros con fondos públicos e introduce la inspección regular de la enseñanza. 

Éstas y otras disposiciones parecidas no pudieron cumplirse cabalmente por las difíciles circunstancias de la época producidas por la terrible Guerra de los Treinta Años (1614-1648).

Las provincias y ciudades holandesas crearon multitud de escuelas primarias y secundarias públicas, inspiradas en la confesión calvinista en Escocia, bajo la inspiración de John Knox, discípulo de Calvino. 

En Inglaterra y en Francia las autoridades oficiales apenas intervienen en la educación, que sigue en manos de las fundaciones religiosas, excepto lo que disponen las "leyes de pobres".

 2.  LA EDUCACIÓN DE CARÁCTER CATÓLICO 


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Como se ha dicho, en los países católicos no interviene el Estado en la educación.
Ésta es dada por los particulares y principalmente por las órdenes religiosas. 

Surgen nuevas órdenes e instituciones religiosas de educación que dan un carácter particular a este siglo, y que en cierto modo están en divergencia con las instituciones anteriores, sobre todo con las de los jesuitas.

Figura entre ellas en primer lugar la de los Hermanos de las escuelas cristianas, fundada en 1684 por Juan Bautista de La Salle (1651-1719), en Francia. A él se debe la difusión de la educación primaria, popular, 

Otras instituciones católicas de educación de gran interés, si no por su número, por su calidad, son las de los Jansenistas o de Pon. Royal, creadas por Saint Cyr (1581-1643), en 1637, y que reunieron una élite de hombres de gran valía en el campo de la filosofía y la literatura.

La educación de los jansenistas se daba en lo que ellos llamaban las "pequeñas escuelas", limitando el número de sus alumnos para poder ser atendidos debidamente por los maestros. 

Finalmente, otras instituciones de educación católica, anteriores a las precedentes, son las de la Congregación del Oratorio, que según Compayré ocupan un lugar intermedio entre los jesuitas y los jansenistas. 

3.  LA EDUCACIÓN RELIGIOSA PIETISTA 




Se desarrolla en Alemania a fines del siglo XVII el movimiento pietista que trata igualmente de renovar y vivificar   la religión reformada luterana. 

Su representante en la educación fue, Hermann Francke (1663-1727), espíritu profundamente religioso, místico y organizador a la vez. 

En 1695 fundó en Halle una escuela para los niños pobres, que después amplió a los hijos de los burgueses y de los nobles, y por fin a los huérfanos.

En las escuelas, el objetivo fundamental era el religioso, pero a diferencia de las católicas latinas que acentuaban la parte literaria, en éstas se daba mayor importancia a la parte realista o científica, poniendo a los alumnos en el mayor contacto posible con la naturaleza y con la vida real.

4.  LA EDUCACIÓN EN ESPAÑA 


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¿Como se desarrollo la educación en España en el siglo XVII?


La enseñanza primaria era en esta época bien elemental, reduciéndose a la lectura, la escritura, el cálculo y el catecismo, e insistiendo especialmente en la caligrafía, en la cual se destacaron especialmente muchos españoles. 

En el siglo XVII el hecho más importante es la formación de una Sociedad de Maestros, la Hermandad de San Casiano, la cual, aunque constituida en forma gremial, para la defensa de los maestros asociados, contiene algunas manifestaciones de carácter instructivo y administrativo interesantes.

Se da lugar al comienzo de la intervención del Estado en la enseñanza española. 

 5.  LA EDUCACIÓN EN LA AMÉRICA HISPÁNICA




Desde los primeros momentos del descubrimiento y la colonización de América, los españoles se preocuparon de la cristianización y educación de sus habitantes. En esta labor intervinieron, de una parte, las órdenes religiosas y de otra el Poder real. 

Los objetivos de esta educación colonial fueron principalmente dos: en primer lugar, como se ha dicho, la evangelización o cristianización de los indígenas, y en segundo lugar la educación general de todos los habitantes, especialmente los de origen hispánico. 

El hecho quizá más importante de la cultura en América fue la fundación de las primeras universidades en el Hemisferio Occidental, adelantándose un siglo a las de Norteamérica. 

Los cabildos intervinieron en la enseñanza media y primaria, especialmente en la última, creando escuelas y nombrando a los maestros.

 6.  LA EDUCACIÓN EN LA AMÉRICA BRITÁNICA 



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 Las primeras escuelas primarias que se registran son de 1633; la primera escuela latina, la de Boston, de 1625, y el primer colegio universitario, el de Harvard, de 1636. Todas estas instituciones eran particulares. 

Pero pronto se reconoció la necesidad de completar la acción privada con la intervención de las autoridades públicas primero municipales y después estaduales, y comenzaron a dictarse leyes y ordenanzas escolares sobre todo en los territorios de Nueva Inglaterra. 

Según G. H. Martin, los principios en que se basaba esta primitiva legislación educativa norteamericana son:  
1º   La educación universal es esencial al bienestar del Estado;  
2º   La obligación de proveer esta educación corresponde primariamente a los padres.  
3°  El Estado tiene derecho a hacer cumplir esta obligación.  
4º   El Estado puede ¡ijar ¡in nivel que determine el género de educación y su cantidad mínima.  
5º  Pueden utilizarse fondos públicos, obtenidos por impuestos generales, para dar tal educación, cuando el Estado lo, requiera 1. 
1 Citado por Cubberley, The history of education. 



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